Causas objetivas de despido en un contrato de trabajo
¿Te han despedido y sientes que ha sido de manera injusta? Puede que, en ocasiones, los despidos se vean como una forma en la que el empleador se aprovecha de un empleado, y esta es una de las causas más básicas de contratación de asistencia legal. En Abogados Rubio Portero, te informamos sobre las causas objetivas de un despido, para que no llegues a un mal entendido en juicio.
La mayoría de las veces, las causas de un despido se pueden dar por situaciones obvias, y algunas particulares, que aquí te mencionaremos.
Causas de despido laboral
- Causa validada en un contrato laboral
Los contratos por tiempo siempre tienen una fecha de caducidad, que se ven renovado semestral o anualmente dependiendo de las leyes laborales que se rijan. Un contrato no renovado es una causa directa y justificada de un despido, que, al ser firmado por ambas partes, no llega a una apelación a menos de que el documento se incumpla.
- Pacto de mutuo acuerdo
Existen trabajos que se manejan bajo contratación verbal, estos al igual que un contrato documentado, tienen un tiempo de caducidad, especificado y justificado, con un ligero aumento de dificultad, que no es, por ende, imposibilidad.
- Abandono del cargo
Cuando el empleado cesa de su puesto de manera inesperada, sin previo aviso, y sin una carta de renuncia especificada.
Otras causas mucho más sencillas y entendibles son:
- Jubilación
- Fuerza mayor o extinción de la persona jurídica
- Muerte o incapacidad de empleador o empresario
- Incumplimiento de las obligaciones
Estas son las causas reconocidas de un despido; sin embargo, existen causas objetivas de un despido, que son asimiladas de una forma más compleja, y que pueden ser causantes de una condición legal llevada a juicio.
Causas objetivas de un despido
- Falta de adaptación de un trabajador
Cuando el trabajador no se amolda a las condiciones técnicas y modificadas de un puesto de trabajo, aunque para que esta causa sea validada, el empleador habrá ofrecido previamente un ciclo de formación y adaptación de al menos dos meses, si el empleado no se adapta a ello, puede ser despedido por esta causa objetiva.
- Falta de asistencia
Si el empleado ha tenido faltas considerables he injustificadas en su asistencia, se puede considerar como una causa justa; sin embargo, en Abogados Rubio Portero, sabemos que el Estatuto de los Trabajadores, deja muy específico una serie de mínimos para no alegarla, estos son:
- En referencia a los últimos 12 meses, inasistencia de 5% o más a las jornadas laborales
- En referencia a los últimos dos meses, el 20% de las jornadas hábiles
- En referencia a los últimos 12 meses, el 25% de las jornadas hábiles, en 4 meses discontinuos.
También se consideran exoneradas, las faltas por huelga general, enfermedad grave, maternidad o accidente.
- Ineptitud
La ineptitud del trabajador es una alegación muy compleja que debe ser demostrada por el empleador, además de que no puede darse bajo el periodo de prueba.
Estas condiciones son las que pueden darse como considerables para una causa objetiva de despedido, y que debes tener siempre en comprensión.
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